Competició | TEMPORADA 2024-2025

Nom Llicència Article Partits Sanció Motiu de la Sanció
AE MONTORNES FS A
FABRA DALMAU, NIL
AS 145.1 0   Se sancionara con multas de hasta 80 euros la acumulación de dos cartulinas amarillas en el mismo encuentro, así como la infracción de las normas reglamentarias sobre vestimenta deportiva .
AE MONTORNES FS A
VILLAESCUSA MIRMI, MARIO
AS 145.1 0   Se sancionara con multas de hasta 80 euros la acumulación de dos cartulinas amarillas en el mismo encuentro, así como la infracción de las normas reglamentarias sobre vestimenta deportiva .
AE MONTORNES FS A
RODADO PÉREZ, DAVID
SM 145.2a 1   Protestar mediante gestos o expresiones cualquier decisión arbitral.
RUBI C.E.F.S. A
AMIGO MORAL, JUAN JOSE
EST 145.2c 3   Dirigirse a los/as árbitros/as, jugadores/as, técnicos/as o intervinientes de cualesquiera equipos, espectadores/as, directivos/as y otras autoridades deportivas con actos o expresiones de desconsideración, menosprecio o
proferir insulto contra ellos/as, si bien, en este último supuesto, en todo caso, la sanción será de tres encuentros de suspensión.
CFS LA UNION A
      Incoar expediente pendiente de su resolución.

Requerir al club LA UNION LAS PALMAS FS para que en el plazo de 2 días presente, por escrito, las alegaciones oportunas referente a la no presentación de quienes preceptivamente hayan de intervenir en los encuentros; a título enunciativo el delegado de equipo, según establece el artículo 147.1d.

En el caso de demostrarse dicha situación, podrán ser sancionados con el artículo de referencia del Código Disciplinario de la RFEF.  
GIRONA FUTSAL A
      Incoar expediente pendiente de su resolución.

Requerir al club CIUTAT DE MATARÓ CFS para que en el plazo de 2 días presente, por escrito, las alegaciones oportunas referente a la no presentación de quienes preceptivamente hayan de intervenir en los encuentros; a título enunciativo el delegado de equipo, según establece el artículo 147.1d.

En el caso de demostrarse dicha situación, podrán ser sancionados con el artículo de referencia del Código Disciplinario de la RFEF.  
SPALL CIUTAT DE MATARÓ ENLLEURA'T A
      Incoar expediente pendiente de su resolución.

Requerir al club CIUTAT DE MATARÓ CFS para que en el plazo de 2 días presente, por escrito, las alegaciones oportunas referente a la no presentación de quienes preceptivamente hayan de intervenir en los encuentros; a título enunciativo el delegado de equipo, según establece el artículo 147.1d.

En el caso de demostrarse dicha situación, podrán ser sancionados con el artículo de referencia del Código Disciplinario de la RFEF.  
SANT JOAN DE VILASSAR FS A
      Incoar expediente pendiente de su resolución.

Requerir a los àrbitros del partido para que en el plazo de 2 días presenten explicación más detallada del redactado en el punto 3 del acta.

Desestimar las alegaciones presentadas por parte del club RUBI CEFS, ya que se limitan a dar su versión de los hechos sin aportar ningna prueba que pueda desacreditar el redactado de los árbitros.

No admitir a trámite la carta enviada por parte del entrenador del club RUBI CEFS por recibirla fuera de plazo.
RUBI C.E.F.S. A
      Incoar expediente pendiente de su resolución.

Requerir a los àrbitros del partido para que en el plazo de 2 días presenten explicación más detallada del redactado en el punto 3 del acta.

Desestimar las alegaciones presentadas por parte del club RUBI CEFS, ya que se limitan a dar su versión de los hechos sin aportar ningna prueba que pueda desacreditar el redactado de los árbitros.

No admitir a trámite la carta enviada por parte del entrenador del club RUBI CEFS por recibirla fuera de plazo.
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